




















Descripción
En sesión ordinaria del Congreso del Estado de Puebla, las y los diputados locales aprobaron en lo general, con 37 votos a favor, 2 en contra y 0 abstenciones, el dictamen del punto 4 del orden del día, en el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla.
El objetivo de esta reforma es regular la circulación de motocicletas en Puebla, destacándose los siguientes puntos:
– Se prohíbe la circulación con placas alteradas u ocultas.
– Será obligatorio el uso de chaleco o chaqueta con un mínimo del 20% de material reflejante para motocicletas utilizadas para el servicio de mensajería o paquetería.
– Queda prohibida la tripulación de menores de 12 años o personas que no puedan sostenerse por sí mismas.
– Los motociclistas deberán portar casco con código o serie alfanumérica. Asimismo, deberán retirarse el casco al descender de la unidad.
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